Bienvenido inquilino
Cuéntanos qué necesitas y te ayudaremos a buscar
En Alquiler Guadalajara buscamos por ti la vivienda que mejor se adapta a tus necesidades y estilo de vida, nos encargamos de filtrar opciones, contactar con los propietarios y acompañarte en todo el proceso para que alquilar sea más fácil y sin estrés.
Completa nuestro formulario con tus preferencias y situación personal y así podremos ofrecerte opciones reales, seguras y ajustadas a lo que realmente estás buscando.
Documentación que necesitarás
Contrato de trabajo
3 últimas nóminas
Documento de identidad
Vida laboral
Preguntas frecuentes
Normalmente se solicita DNI, contrato laboral, 3 últimas nóminas y declaración de la renta.
Depende de cada vivienda, generalmente incluye los gastos de comunidad y el IBI, por cuenta del inquilino irán los suministros y la basura, así como un seguro de hogar.
Cinco años – cuando el arrendador sea persona física– o a siete –si fuera persona jurídica– el contrato se prorrogará automáticamente hasta llegar a esos 5 o 7 años, por plazos anuales.
No obstante, la prórroga no se producirá si el arrendatario (inquilino) comunica al arrendador (propietario) con al menos 30 días de antelación a la finalización del plazo pactado o de cualquiera de sus prórrogas anuales su intención de no renovar. Art. 9 LAU
Transcurridos esos cinco primeros años (7 si el arrendador es persona jurídica), si ninguna de las partes hubiese notificado su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará por plazos anuales hasta un máximo de tres años más (prórroga tácita Art. 10 LAU).
Asimismo, hay que tener en cuenta que la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda ha establecido dos prórrogas extraordinarias en los contratos de arrendamiento, de un año en situaciones de vulnerabilidad social y económica acreditada.
Desde 2019 se establece que, transcurridos los cinco primeros años del contrato, (7 si el arrendador es persona jurídica), el arrendador-propietario debe comunicar al menos con cuatro meses de antelación su voluntad de no renovarlo. Por su parte, el inquilino deberá comunicarlo al menos con dos meses de antelación.
De lo contrario, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más. Durante estos tres años, el inquilino podrá comunicar su voluntad de no renovar con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades. Art. 10 LAU
Sí, el periodo mínimo de alquiler es precisamente de cinco años, si el arrendador es persona física (y de siete si es persona jurídica), siempre que el inquilino desee continuar en la vivienda.
Además, una vez vencido este periodo de duración mínima, la prórroga tácita es de tres años. Por tanto, sí puedo quedarme en el piso cinco años sin renovar el contrato de alquiler. Art. 9 y 10 LAU
No, salvo:
El propietario, cuando sea persona física, podrá recuperar la vivienda una vez transcurrido un año desde que se firmó el contrato, sólo si la necesita para él mismo o para a un familiar en primer grado (padres, hijos y cónyuge), avisando con dos meses de antelación. Además, esta posibilidad debe estar prevista de manera expresa en el contrato.
En caso de que en el plazo de tres meses el arrendador o sus familiares no hubieran ocupado la vivienda, salvo que se hubiese debido a causa de fuerza mayor, el inquilino tendría derecho a ser repuesto en el arrendamiento y/o percibir una indemnización determinada según lo dispuesto legalmente. Art. 9.3 LAU
La renta no está sujeta a actualización anual salvo pacto expreso entre las partes. No obstante, lo habitual es que dicha cláusula de actualización se incluya en los contratos.
Desde la aprobación del Real Decreto-ley 7/2019, se estableció como límite de dicha actualización la variación del IPC de ese período. Y con la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, el límite viene marcado por el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda IRAV publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Art. 18.1 y disposición adicional undécima LAU.
Cuando se acuerde la actualización, debe tenerse en cuenta:
1. ¿Cuándo se aplica? La renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o por el arrendatario, en los términos pactados por las partes, en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato.
2. ¿Cómo calculo la actualización? Las partes podrán acordar la metodología para actualizar la renta. Si no lo hicieran, se actualizará la renta para cada anualidad según la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de cada actualización. Para calcular esta variación se tomará como mes de referencia el del último índice que estuviera publicado. En todo caso, ya sea aplicando este índice o el que acuerden las partes, esta variación nunca podrá exceder la variación del IPC (o IRAV desde la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda).
Para calcular el máximo en la actualización anual de la renta puedes utilizar de referencia la calculadora del Departamento: https://www.mivau.gob.es/vivienda/calculadora-precio-alquiler
A la firma del contrato de alquiler de vivienda, el arrendador o casero exigirá una mensualidad de renta, en concepto de fianza, y podrá pactarse el establecimiento de garantías adicionales equivalentes, como máximo, a dos mensualidades, ya sean depósitos o cualquier otro tipo de garantía (avales, seguros de impago, etc.). Con la normativa anterior no había límite de cuantía. Art. 36.5 LAU
En todo caso, debe recordarse que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización deberá asumirlos siempre el arrendador según ha establecido la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Art. 20.1 LAU
Guadalajara por zonas
Guadalajara, situada en el corazón de Castilla-La Mancha y a pocos minutos de Madrid, combina la tranquilidad de una ciudad acogedora con todas las ventajas de un entorno urbano moderno. Su excelente comunicación, servicios de calidad, zonas verdes y oferta cultural la convierten en un lugar ideal para vivir.
Los distintos barrios ofrecen opciones para todos los gustos, desde áreas residenciales familiares hasta zonas más céntricas y dinámicas. Tanto si buscas alquilar una vivienda en Guadalajara como si eres propietario y deseas poner tu inmueble en alquiler, esta ciudad ofrece grandes oportunidades en un entorno cómodo, seguro y en crecimiento.
1. Casco antiguo
Donde se encuentran los organismos oficiales, la nueva universidad y la parte histórica de la ciudad.
Son pisos más antiguos, por norma general. Dispone de centro de salud. Se pueden encontrar desde apartamentos a viviendas grandes. Hay más vida durante el fin de semana.
El garaje es recomendable.
2. Balconcillo y Constitución
En este barrio encontramos parte de la Universidad y el Teatro Buero Vallejo.
Suelen ser pisos de 3 y 4 habitaciones. Cuenta con centro de salud.
Zona demandada por estudiantes o por familias grandes. Dispone de todos los servicios necesarios, también está la comisaría y la estación de autobús.
3. Av. Castilla, Las Cumbres
zona residencial céntrica, junto al centro comercial, también es el barrio más cercano al hospital. Encontramos viviendas muy variadas, hay numerosos colegios de referencia, parques, pequeño comercio…
Buena comunicación y servicio de transportes, es recomendable el garaje.
4. Manantiales, Renfe
Barrio un poco apartado al otro lado del río, pero con muy buena comunicación, tanto para salir hacia Madrid como para utilizar la RENFE. Dispone de todos los servicios: colegios, supermercados, transporte, centro de salud. Los precios suelen ser algo más económicos.
5. Ferial y Adoratrices
Muy parecido a la zona de las Cumbres, con grandes parques, centro de salud, pisos ya antiguos en la mayoría de los casos, algunos incluso sin ascensor.
6. El fuerte y la colonia
Comprende una zona residencial con la mayoría de viviendas de VPO, por lo que es complicado encontrar inmuebles para alquilar, junto con pisos antiguos y sin ascensor con precios más asequibles.
7. Aguas Vivas y Alamín
Conviven edificaciones más antiguas con un barrio creado a finales de los años 90, amplias avenidas, supermercados, zonas verdes. Dispone de centro de salud.
8. Los Valles
Barrio construido a partir del año 2004, residencial, con grandes parques y avenidas, cuenta con la "Ruta del Colesterol", bonito paseo que rodea esta zona y la Rotonda de la provincia, rodeada de supermercados.
9 y 10 Las Cañas y
El Remate
Las últimas construcciones de la ciudad, inmuebles más modernos, con garaje, algunos con zonas comunes, rodeados de zonas verdes y bien comunicados, pero se recomienda tener vehículo.
También habitados por familias jóvenes, de las zonas más demandadas de la ciudad.
¿Buscas vivienda en Guadalajara y no sabes por donde empezar?
Hablemos. En Alquiler Guadalajara te acompañamos en cada paso.
